Hacía un tiempo que estaban en el paro. Y tenían que vivir de un solo sueldo cuatro adultos y dos niños. Una situación que no se puede mantener por mucho tiempo.
Habían intentado encontrar una solución con el banco para pagar menos de cuota. Y el banco dijo que no, y ofreció otro producto basura. Aún sabiendo que en dos meses les bajaba la cuota y no habría sido necesario otro producto.
Les hizo contratar un Swap o permuta de intereses. Que les vendió como un producto que les iba a proteger de futuras subidas de interés. Lo que no les dijeron es que el interés ya había bajado y que iba a bajar todavía más. Ni tampoco que al contratar el Swap, si el interés bajaba ellos tendrían que pagar al banco. Así que si antes de contratar el Swap ya tenían problemas al llegar a fin de mes, con el Swap era imposible. No podían seguir pagando las cuotas de la hipoteca.
Aguantaron como pudieron, pero llegó un momento en que el banco inició un procedimiento de ejecución hipotecaría. Acordamos con Laura y Juan interponer una demanda contra el banco. Y fue desestimada en primera instancia. El juez entendía que el banco no había cumplido con sus obligaciones de información y que el producto era perjudicial, pero también decía que nadie les había obligado a firmar y que si no entendían el producto, tendrían que haber buscado asesoramiento previo antes de comprometerse.
Recurrimos después a la Audiencia Provincial que nos dio la razón. Según la sentencia y la jurisprudencia del Tribunal Supremo, el banco dispone de toda la información y está obligado a ofrecérsela a los clientes para que puedan tomar una decisión consecuente sobre que están contratando.