Archives for septiembre 2017

septiembre 19, 2017 - No Comments!

El banco intentó aprovecharse de ellos.

Hacía un tiempo que estaban en el paro. Y tenían que vivir de un solo sueldo cuatro adultos y dos niños. Una situación que no se puede mantener por mucho tiempo.
Habían intentado encontrar una solución con el banco para pagar menos de cuota. Y el banco dijo que no, y ofreció otro producto basura. Aún sabiendo que en dos meses les bajaba la cuota y no habría sido necesario otro producto.

Les hizo contratar un Swap o permuta de intereses. Que les vendió como un producto que les iba a proteger de futuras subidas de interés. Lo que no les dijeron es que el interés ya había bajado y que iba a bajar todavía más. Ni tampoco que al contratar el Swap, si el interés bajaba ellos tendrían que pagar al banco. Así que si antes de contratar el Swap ya tenían problemas al llegar a fin de mes, con el Swap era imposible. No podían seguir pagando las cuotas de la hipoteca.

Aguantaron como pudieron, pero llegó un momento en que el banco inició un procedimiento de ejecución hipotecaría. Acordamos con Laura y Juan interponer una demanda contra el banco. Y fue desestimada en primera instancia. El juez entendía que el banco no había cumplido con sus obligaciones de información y que el producto era perjudicial, pero también decía que nadie les había obligado a firmar y que si no entendían el producto, tendrían que haber buscado asesoramiento previo antes de comprometerse.

Recurrimos después a la Audiencia Provincial que nos dio la razón. Según la sentencia y la jurisprudencia del Tribunal Supremo, el banco dispone de toda la información y está obligado a ofrecérsela a los clientes para que puedan tomar una decisión consecuente sobre que están contratando.

septiembre 19, 2017 - No Comments!

El banco devuelve el dinero un hombre de 94 años.

Su hijo era subdirector de la entidad así que confió en él. Adquirió una Deuda Subordinada. Según le dijeron, el capital era garantizado y podía disponer de él en cualquier momento, pero en realidad, la letra pequeña lo obligaba a ceder ese dinero hasta 2018. Y para entonces Ramón cumplirá 94 años, muy probablemente necesitaría de su dinero antes. Cuando Ramón acudió a nosotros, lo primero que hicimos fue intentar llegar a un acuerdo con la entidad. Pero ninguno de los intentos de negociación tuvo éxito.

Así que finalmente acordamos con Ramón demandar. La primera instancia fue desestimada. El argumento del juez fue que un hijo no podía tener la intención de engañar a su padre. Recurrimos entonces a la Audiencia Provincial que, igual que el Tribunal Supremo, nos acabó dando la razón.

Según la sentencia, más allá de la intención del hijo, el banco tiene la obligación de informar correcta y totalmente al cliente antes de la contratación y si no lo hace, como ocurrió con Ramón, se presume la existencia de vicio de consentimiento.

septiembre 19, 2017 - No Comments!

Copian a una pequeña empresa.

La idea le debió parecer buena a una empresa multinacional, ya que a los pocos meses estaba aplicando ese mismo sistema en sus batas. Fue entonces cuando ZoMummade nos preguntó si había algo que hacer.

Y no era una situación fácil para ellas porque no son una empresa grande y todavía no tenían registradas las patentes de las batas. Solo tenían a su favor haber sido las primeras en ofrecerlas, pero poco podrían hacer si una multinacional empezaba a ofrecer su idea.

Acordamos con ellas que lo mejor que se podía hacer era llegar a un acuerdo extrajudicial.
Lo que a ellas les interesaba era parar las ventas, no ganar un juicio.

Les enviamos un burofax al departamento legal de la empresa multinacional y les pedimos el cese inmediato de la venta y la retirada del producto del mercado.

Y, a pesar de que la directora de marketing defendía el producto como propio, finalmente el departamento legal del grupo de empresas accedió al cese inmediato de la comercialización de los productos, así como al rediseño de las campañas de publicidad donde aparecía el producto.

Una vez solucionado el problema, les asesoramos para que pudieran proteger productos en el futuro y así evitar que se encontraran en situaciones parecidas.

septiembre 18, 2017 - No Comments!

Josep por fin pudo jubilarse tranquilamente y olvidarse de los problemas que le causaba su ex socio.

Josep ya estaba jubilado cuando lo conocimos. Josep es un nombre ficticio dado que el cliente prefiere mantener su identidad oculta.

Llegó al despacho desolado. Su ex socio le había metido en graves problemas. Él había dejado la sociedad hacía más de cinco años. Le había vendido su parte a su ex socio por un euro. Pero le seguían llegando reclamaciones de proveedores, de hacienda y de otros acreedores. Le pedían responsabilidad solidaria de una sociedad de la que él creía que no formaba parte desde hacía años. Pero si lo hacía, su ex socio nunca declaró la venta.

Cuando llegaron las primeras reclamaciones de proveedores, Josep se asustó por el tamaño de la cantidad reclamada. Incluso decidió separarse de su mujer para salvar el piso donde vivían con su hija.

Aunque las reclamaciones no cesaron. Los bancos seguía pidiéndole pagos de la sociedad y recibió una carta de Hacienda donde se le obligaba al pago de 30.000 euros en recargos por la separación. Esa carta fue lo que hizo que Josep acudiera al despacho.

Cuando llegó en búsqueda de ayuda, solo preguntó si había algo que hacer. Él creía que no. Pero sí que lo había.

Lo primero que hicimos fue recurrir la propuesta de liquidación y recargos de Hacienda. Fueron unos meses angustiosos para el cliente hasta tener la resolución de Hacienda. Pero valieron la pena cuando vimos que fue favorable. Condonaban la totalidad de la deuda.

También recurrimos la ejecución del IVA desde que Josep había dejado la sociedad y también obtuvo un resultado favorable.

En paralelo, reclamamos la separación judicial de la sociedad y remitimos al ex socio todos los pagos que Josep había ido adelantando desde que dejó la sociedad.

Finalmente, llegamos a un acuerdo con los otros acreedores y con el banco para el pago de las deudas, rebajando considerablemente el importe a pagar.

Con todo, Josep pudo volver a estar tranquilo y disfrutar de su jubilación. Lo que tendría que haber podido hacer todos estos años.

septiembre 18, 2017 - No Comments!

David recuperó lo que había pagado de más en una cláusula suelo.

El primer contacto de David fue sin saber si él tenía caso o no. Había leído y escuchado en los medios de comunicación sobre las clausulas suelo y él quería saber si su hipoteca estaba afectada por el tema. Después de examinar la documentación nos dimos cuenta de que, efectivamente, su hipoteca tenía una “cláusula suelo” del 3%.

Aunque su interés debería estar en un 0,93%, en ese momento estaba pagando un 3%. Más de un 2% más de lo que tendría que estar pagando. Sus dudas entonces giraron entorno a las posibilidades de ejecutar alguna acción a nivel legal y sobre la cuantía del dinero que podría llegar a recuperar.

En ese caso, explicamos a David, que nosotros considerábamos el caso de justicia social y que por ello bajábamos nuestros honorarios al mínimo. Puesto que en la mayoría de casos como el suyo y aún teniendo razón el cliente se crea algo llamado efecto disuasorio perverso.

Y eso es que como los clientes tienen que adelantar el dinero de abogados y procurador, los clientes deciden muchas veces no actuar, aunque sea muy probable que un juez pueda darles la razón.

Por eso el banco no deja de actuar de forma ilegal aún sabiéndolo. Porque también sabe que en la mayoría de los casos la lentitud del sistema y el montante del dinero que habría que adelantar en comparación con el dinero a recuperar, hace que los afectados se lo piensen dos veces antes de actuar legalmente.

Con David fue distinto, al bajarnos los honorarios, él no tuvo que pensárselo mucho y actuó. Presentó una demanda contra el banco y finalmente llegamos a un acuerdo extrajudicial con él.

El resultado fue que David recuperó los 10.699 euros que había pagado de más.

septiembre 18, 2017 - No Comments!

Colaboramos con la Fiscalía en casos de pornografía infantil.

Una asociación sueca que ayuda a niños que han sido abusados sexualmente había obtenido datos de usuarios que formaban parte de una red internacional de intercambio de material.

En la red se compartían fotos y vídeos de abusos y explotación sexual a menores. Cuatro de los usuarios, según descubrió la asociación, se encontraban en España y por eso se pusieron en contacto con el despacho. Así iniciamos la colaboración con la Fiscalía del Servicio Especial de Criminalidad Informática y ellos pusieron en marcha una investigación exhaustiva.

El resultado fue que de los cuatro usuarios, en tres había efectivamente indicios de que habían descargado archivos con contenidos pornográficos infantiles. Los casos están ahora en manos de las Fiscalías Provinciales, dado que cada uno de los usuarios eran de diferentes provincias de España.